DISPOSITIVA
Conforme a los fundamentos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: INADMISIBLE la recusación presentada por el ciudadano SAIT RODRIGUEZ, abogado en libre ejercicio, inscrito en el IPSA bajo el número 16.076, en contra de la ciudadana Juez de este Despacho, por carecer de los motivos legales, de conformidad con lo establecido en el artículo 102 del Código de Procedimiento Civil.
Publíquese y regístrese, incluso en la página web del Tribunal Supremo de Justicia www.tsj.gob.ve. Déjese copia certificada de esta decisión, de conformidad con lo establecido en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil Venezolano.
Dada, firmada y sellada, en la Sala de este despacho a los veintitrés (23) días del mes.....