VI
DISPOSITIVA
En estricto apego a lo precedentemente expuesto, éste JUZGADO SUPERIOR PRIMERO (1º) DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLÍVAR, actuando en sede Constitucional en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el ciudadano LUIS ANTONIO FUENTES BLANCO, venezolano, titular de la cédula de Identidad Nro. V- 3.027.152, debidamente asistido por el abogado JUAN RAUL HERNANDEZ, Abogado en ejercicio e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 261.005, en contra de la sentencia de fecha ocho (08) de agosto de 2016, dictada por el JUZGADO PRIMERO (1º) DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVAR, EXTENSION TERRITORIAL PUERTO ORDAZ, mediante la cual declaró la INADMISIBILIDAD de la presente Acción de Amparo Constitucional.
SEGUNDO: SE CONFIRMA la referida decisión por las razones expuest.....