DISPOSITIVA.
Este Tribunal de Primera Instancia en funciones de Control Nº 04 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Decreta la prescripción judicial o extraordinaria de la acción penal, para perseguir el delito de Estafa Calificada en Grado de Continuidad, previsto y sancionado en artículo 466 Ordinal 1, en concordancia con lo establecido en el artículo 99 del Código Penal Vigente, para el momento de la comisión de los hechos, hoy en día 464 Ordinal Primero, en concordancia con lo preceptuado en el artículo 99 del Código Penal, en perjuicio de José Noval Rondòn Varela y en consecuencia, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO, a favor del ciudadano MARSSIÓN ARNOLDO RONDÒN GARCÌA, identificado up supra, en la presente acta y autos, por cuanto hasta la presente fecha han transcurrido, tiempo suficiente para que haya operado la prescripción.....