Reproducimos lo alegado como prescripción por efecto de la perención de la instancia que por efecto de la perención del proceso dejo sin valor alguno todo lo actuado en el expediente nro.19.316, lo cual consta de copia simple en el expediente donde cursa el primer juicio incoado en contra de nuestro representado, con la sentencia de perención de la instancia de fecha 15-3-2002, por decisión del juez titular y que se consigno marcado b.
En este estado se le otorgan 10 minutos a la parte actora a fines de que presente sus observaciones orales a las pruebas producidas por el demandado:
En relación a la prueba de informes correspondiente al acta de defunción la misma no debe ser valorada por el Tribunal por no constar sus resultas.
En relación las actuaciones de transito las mismas fueron ratificadas.
Además en relación a la prueba testimonial la misma no debe ser valorada por no haber sido evacuada.-
En este estado se le concede la palabra al tercero forzado, a fines de que.....