DECISION
Por las razones anteriores, Este Tribunal Mixto de Juicio Nº 3, del Circuito Judicial Panal del Estado Yaracuy, En Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide por Consenso de sus integrantes: PRIMERO: De conformidad con lo previsto en el art. 367 del Código Orgánico Procesal Penal, por Unanimidad CONDENA al Acusado RICHARD JOSE DI´MAIO, titular de la cédula de identidad N° 17.699.032, fecha de nacimiento 30-10-1.982, residenciado en calle 34 entre avenidas 07 y, 08, casa N° 7-16, por la comisión del DELITO DE ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el articulo. 458 del Código Penal, en relación con los artículos. 74 ord. 4, 64 ordinal 4 ejusdem. En consecuencia estos juzgadores decretan SENTENCIA CONDENATORIA en contra del ciudadano RICHARD JOSE DI MAIO plenamente identificado. SEGUNDO: Se condena al Acusado RICHARD JOSE DI´MAIO, antes identificado, a cumplir la pena de CINCO AÑOS DE PRISIÓN, pena ésta que finalizara provisionalmente el.....