Dadas las condiciones que anteceden, este Juzgado, toma en cuenta, la información aportada a través de dicho Oficio, y por cuanto se observa que del escrito de solicitud, se desprende que los solicitantes piden el reconocimiento de documento privado por medio del cual se trasmite la propiedad de un lote de terreno de uno de mayor extensión, ubicado en el sector El Moral, Parroquia Matriz, Municipio Campo Elías del estado Mérida, cuya propiedad es del Instituto Nacional de Tierra (INTI), como así quedo evidenciado en el mencionado Oficio, y aunado al hecho de que existe una prohibición expresa de realizar actos jurídicos relacionados con el referido terreno objeto de la solicitud y no hay constancia en autos de la existencia de una autorización dada por el organismo competente, es por lo que éste JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS CAMPO ELÍAS Y ARICAGUA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, declara INADMISIBLE la solicitud hecha po.....