Por todo el razonamiento tanto de hecho como de derecho anteriormente expuesto, este Tribunal Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: "CON LUGAR" el Recurso de Apelación ejercido por la representación judicial de la parte demandada contra la decisión de fecha primero (01) de octubre de 2012, dictado por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy. ASI SE DECIDE.
SEGUNDO: Se revoca la recurrida decisión, en todas y cada una de sus partes y, en consecuencia se ordena reponer la causa al estado de continuar la celebración de la audiencia de juicio, en los términos indicados en la parte motivacional del presente fallo. ASI SE DECIDE.
TERCERO: "IMPROCEDENTE" el recurso de apelación, ejercido por la representación del tercero interviniente, la asociación cooperat.....