El costo de las bienhechurías es por la cantidad de CIENTO CINCUENTA MIL BOLÍVARES FUERTES (Bs. F 150.000,00), a favor de la ciudadana DAZA BARICO GRECCELYS MARGARITA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-19.265.609 y domiciliada San Pablo, Municipio Arístides Bastidas del Estado Yaracuy. Regístrese, publíquese y déjese copia certificada, a los efectos indicados en el Artículo 112 del Código de Procedimiento Civil. Notifíquese mediante oficio a la ciudadana Sindico Procurador del Municipio Arístides Bastidas del Estado Yaracuy sobre el presente fallo, de conformidad con la parte in fine del Artículo 153 de la Ley Orgánica del Poder Público Municipal, y una vez cumplido este requisito, devuélvase original con sus resultas a la parte interesada, una vez que sean proveídas por esta las copias fotostáticas relativas a la misma.