Se imparte la HOMOLOGACION a la transacción efectuada entre las partes en el presente juicio de DESALOJO interpuesto por el ciudadano: CHAB SAADE EBRAJIM contra el ciudadano ZHENG CHAOPING, de conformidad con los artículos 255 y 256 del Código de Procedimiento Civil, en los términos expuestos en el mencionado escrito, teniéndose la misma como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. Así se decide.