Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la Solicitud de Divorcio fundamentado en el artículo 185-A del Código Civil, presentada por los ciudadanos ELUZ MARINELA GONZALEZ Y FRANCISCO ANTONIO TOVAR DIAZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 13.094.291 y 12.078.073 respectivamente, residenciados en El Cardon, vía principal, casa S/N, Municipio Sucre estado Yaracuy y en la Faltriquera, vía principal, casa S/N, Municipio Sucre estado Yaracuy, debidamente asistidos por el abogado FRANCISCO ESTEBAN OROPEZA MONTERO, inscrito en el INPREABOGADO bajo el N° 175.473. En consecuencia, con respecto al adolescente y al niño de autos, este Tribunal establece: PRIMERO: La Patria Potestad y la Responsabilidad de Crianza será ejercida conjuntamente por ambos padres y la Custodia será ejercida por la madre. SEGUNDO: En cuanto a la Obligación de Manutención el padre aportara la cantidad d.....