este Tribunal actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO de propiedad a favor de la ciudadana ODALMIS AURORA LÓPEZ LINAREZ, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad Nro. V-13.502.862, sobre una bienhechuría construida en un área de terreno propiedad municipal, ubicado en la avenida Sucre entre calles 1 y 2, casa N° 21, Marín, Parroquia San Javier, Jurisdicción del Municipio San Felipe del estado Yaracuy...