Se dictó y publicó sentencia interlocutoriaNº PJ0172016000034, mediante la cual se declaró: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso ordinario de apelación ejercido por la accionada, contra el fallo dictado en fecha 15-01-2016, por el tribunal a quo. SEGUNDO: Improcedente la condenatoria en costas por no ser temeraria la acción propuesta. En consecuencia, queda así CONFIRMADO el fallo recurrido, con los razonamientos aquí expuestos. TERCERO: No hay condenatoria en costas por la naturaleza del fallo. Así se decide.