Este Tribunal de Primera Instancia Penal en Funciones de Juicio Nº 01 con categoría Mixto, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confiere la Ley declara;
PRIMERO: ABSUELVE al acusado JANIO JOSER MÉNDEZ BRAVO, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº V-15.594.254, natural de El Vigía, Estado Mérida, nacido en fecha 06-05-1.980, de 30 años de edad, de estado civil soltero, de ocupación u oficio chofer, hijo de Hildemaro Méndez (v) y de Nora Ángela Bravo de Méndez (v), residenciado en la Urbanización Bubuqui VI, Calle 4, Casa Nº 06 (hay un aviso de Peluquería Nora), El Vigía, Municipio Alberto Adriani, Estado Mérida, teléfono 0275-8815198 y 0414-7354609; por la presunta comisión del delito de PORTE ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal, en perjuicio de El Orden Público, por los hechos ocurridos en fecha 04 de febrero de 2010, en las circunstancias de tiempo, modo y luga.....