administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el recurso de apelación intentado por la ciudadana YENNY ALEXANDRA RODRIGUEZ FERNANDEZ, representada por su apoderado judicial abogado Pedro José Torres, titular de la cédula de identidad Nº 8.511.128 e inscrito en el IPSA bajo el Nº 52.579, contra la sentencia de fecha 22 de marzo de 2017, dictada por la Jueza del Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de este Circuito Judicial de Protección, en el expediente Nº UP11-V-2016-000729, de Acción Mero Declarativa de Unión Concubinaria, incoada por la recurrente en contra de los ciudadanos INES VANESSA, JOSE GREGORIO y MARIA ANGELICA MAJANO CAMPERO y el niño (IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTÌCULO 65 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCIÒN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES), que declaró la litispendencia en el presente asunto.