esta CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO YARACUY, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA SIN LUGAR el Recurso de Apelación de Auto interpuesto por el Abogado FREDDY ALCINA, en su condición de Defensor Público Sexto adscritos a la Unidad de Defensa Pública del estado Yaracuy, en representación del ciudadano JORGE LUIS ORDOÑEZ RUJANO, contra la decisión inserta en la causa principal UP01-P-2008-004831, dictada por el Tribunal de Primera Instancia en funciones de Juicio No. 3 Itinerante del Circuito Judicial Penal del Estado Yaracuy, por cuanto la misma satisfacen los parámetros exigidos en el artículo 428 de la norma adjetiva Penal.