este Juzgado Primero de los Municipios San Felipe, Cocorote, Independencia y Veroes de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, "Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley", DECLARA CON LUGAR, la solicitud de Divorcio formulada por los ciudadanos: DORIS VAILE BRUCE DE ALVAREZ y JOSE GREGORIO ALVAREZ MONTILLA, venezolanos, mayores de edad, cónyuges entre sí, titulares de las cédulas de Identidad Nos. V-7.582.611 y V-9.446.845, respectivamente, ambos de este domicilio y debidamente asistidos por el abogado Erik Duran, Inpreabogado No.101.722; En consecuencia queda disuelto el vínculo matrimonial, contraído por los prenombrados cónyuges, en fecha: 05 de Marzo del año 1.988, ante la Comisión de Registro Civil y Electoral, Parroquia Independencia Municipio Libertador del Estado Carabobo, según copia certificada del acta de matrimonio signada con el numero 023