administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Declara Procedente: LA MEDIDA PREVENTIVA DE PROHIBICIÓN DE SALIDA DEL PAÍS, del niño IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 65 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES, actualmente de 6 años de edad, nacido el día 13/10/2009, en el Juicio de RÉGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR, interpuesta por la Fiscalia Séptima del Ministerio Publico a petición de la ciudadana YSABEL KRISTINA CADELON MOLINA, venezolana, mayor de edad, domiciliada en el Municipio San Felipe del Estado Yaracuy y titular de la cédula de identidad Nº 17.989.059, en contra del ciudadano DONATO GUIDO DA SILVA, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº 18.053.013, en beneficio del niño IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 65 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES En consecuencia se ordena OFICIAR al Servicio Administrativo de I.....