En consideración a los anteriores señalamientos este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Bancario, Agrario y Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda de ACCIÒN MERO DECLARATIVA DE REONOCIMIENTO DE CONCUBINATO, por la ciudadana NILDA ELENA ALBA venezolana, mayor de edad y titular de la cedula de identidad Nº V-11.167.899, representado en este acto por el ciudadano OSWALDO MENDEZ MEDINA, Abogado en ejercicio, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº75.894, de este domicilio, contra la ciudadana CATERINA BASILE, venezolana, mayor de edad de Nacionalidad Italiana, documento de identidad NºCS19428NR, PASAPORT Nº YA6045912, domiciliada en la Avenida Andrés Bello, Quinta Anna frente a la farmacia Ecofarma de esta Ciudad, Municipio Angostura del Orinoco, Ciudad.....