Este Tribunal Cuarto de Control del Primer Circuito Judicial Penal del Estado Bolívar, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley CONDENA al acusado NELSON RAFAEL MANIA RON, portador de la cédula de identidad Nº 22.580.094, a cumplir la pena de: CUATRO (4) AÑOS de presidio más las accesorias legales, por la comisión del delito de TENTATIVA DE ROBO DE VEHÍCULO AUTOMOTOR previsto y sancionado en el artículo 07 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículo Automotor en concordancia con el artículo 376 del Código Orgánico Procesal Penal, en perjuicio del ciudadano Jesús Alberto Jiménez Gutiérrez, cometido en las circunstancias de modo, tiempo y lugar que quedaron establecidas en los autos, todo de conformidad con el artículo 376 en concordancia con el artículo 330 ordinal 6° del Código Orgánico Procesal Penal.