En consecuencia, téngase en la presente causa, al ciudadano abogado JAVIER LANZ LANZA, inscrito en el I.P.S.A. bajo el N° 67.951, como defensa pública del Adolescente IDENTIDAD OMITIDA, titular de la cédula de identidad N° 20.702.662; todo de conformidad con lo dispuesto en el Articulo 49. 1 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en relación con los Artículos 544 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente y 654 literal "c" Ejusdem