PARTE DEMANDANTE:
Visto el escrito de pruebas presentado por la parte actora, este Tribunal pasa a pronunciarse de la siguiente manera:
A. En cuanto a la ratificación de la demanda descrita en el capitulo PRIMERO, este tribunal NO la ADMITE, por no ser un medio de prueba.
B. En cuanto a las pruebas documentales descritas en el capítulo SEGUNDO, este tribunal las ADMITE, por no ser contrarias a derecho.
C. En cuanto a la prueba de exhibición descrita en el capítulo CUARTO, este Tribunal la ADMITE, se fija la oportunidad de su evacuación para el día de la audiencia de juicio.
PARTE DEMANDADA:
A. En cuanto al punto previo este tribunal NO la ADMITE por cuanto no es un medio de prueba, sino un alegato de parte.
B. En cuanto a las pruebas documentales descritas en el capítulo SEGUNDO, este tribunal las ADMITE, por no ser contrarias a derecho.
C. En cuanto a la prueba de exhibición, este Tribunal la ADMITE, se fija la oportunidad de su evacuación para el día.....