este Tribunal actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en los Artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y conforme a la Resolución Nº 2.009-0006 de fecha 18 de Marzo del 2.009 de la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO de propiedad a favor de la ciudadana: OMAIRA JOSEFINA ROJAS ROJAS, titular de la cédula de identidad N° V-4.474.126, sobre unas bienhechurías en un lote de terreno Municipal, para un área total de terreno de DOSCIENTOS NOVENTA Y OCHO METROS CON DOCE CENTIMETROS CUADRADOS (298,12 MTS2), ubicado en el Canal de Servicio entre Calles 10 y 11, Barrio Cuatro Esquina, Sabana de Parra, Municipio José Antonio Páez del Estado Yaracuy