Por lo anteriormente expuesto, este Juzgado Primero de los Municipios San Felipe, Cocorote, Independencia y Veroes de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, a tenor de lo previsto en el artículo 651 del Código de Procedimiento Civil, acuerda PROCEDER COMO EN SENTENCIA PASADA EN AUTORIDAD DE COSA JUZGADA, en consecuencia, se condena a la parte demandada YULYS COROMOTO HERNÁNDEZ a pagarle a la demandante sociedad mercantil "Financiadora 1C, C.A.", representada por el abogado en ejercicio de su profesión CARLOS EDUARDO ARANGO ANDUEZA, las siguientes cantidades de dinero:
PRIMERO: La suma de DOS MILLONES CUARENTA MIL NOVECIENTOS CUARENTA BOLÍVARES CON 00/100 (Bs. 2.040.940,oo), que representa el monto de las letras de cambio demandadas;
SEGUNDO: La suma de CIENTO VEINTIOCHO MIL SETECIENTOS SESENTA Y OCHO BOLÍVARES CON CINCUENTA CENTÍMOS (Bs. 128.768,50), por concepto de intereses moratorios vencidos y c.....