DISPOSITIVA
Por las razones antes expresadas, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Felipe, Independencia y Cocorote de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, decide: PRIMERO: SIN LUGAR la demanda que por DESALOJO DE INMUEBLE (LOCAL COMERCIAL), intentó el ciudadano CARLOS EDUARDO CASTILLO GUEVARA, quien es venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº 14.209.516; representado judicialmente por la abogada en ejercicio MARIA URBINA MARQUEZ, inscrita en el Inpreabogado según matrícula Nº 153.500; en contra del ciudadano GENARO BAQUERO GUTIÉRREZ, quien es venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº 21.806.165.- SEGUNDO: SE CONDENA EN COSTAS a la parte demandante, por cuanto fue totalmente vencida en el presente juicio.-
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