Por lo motivos antes expuestos, este JUZGADO PRIMERO EN FUNCION DE CONTROL, DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO BOLIVAR, EXTENSION TERRITORIAL PUERTO ORDAZ, SECCION ADOLESCENTES, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, declara RESPONSABLE PENALMENTE al adolescente: BLANCO MANZANO ANGEL YORBIS, venezolano, natural de Tumeremo, Estado Bolívar, nacida en fecha 13 de Febrero de 1.991, de 15 años de edad, Titular de la Cédula de Identidad N° 25.277.097, hijo de los ciudadanos Zulema Marcano y Ángel Blanco, residenciado: en el barrio Junín, casa S\N, frente al Estadium Juan García, Tumeremo, Estado Bolívar. Por la comisión de los delito de Robo Agravado en Grado de Coautoria, previsto y sancionado en el artículo 455 en relación con los artículos 458 y 83 todos del Código Penal Venezolano, en perjuicio del ciudadano: Omar Reinaldo Matos Méndez, Porte Ilícito de Arma de Fuego, previsto y sancionado en el artículo 277 del Código.....