DISPOSITIVA
Por lo expuesto y de conformidad a las reglas del Código Orgánico Procesal Penal, este Tribunal de Control N° 3 del Circuito Judicial Penal del Estado Yaracuy "Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley" DECLARA CULPABLE al Acusado JOSÉ AQUILES MACHADO LEÓN, por la comisión del delito de VIOLENCIA SEXUAL CON CIRCUNSTANCIAS AGRAVANTES Y VIOLENCIA FÍSICA, previstos y sancionados en el artículo 15 ordinal 6 y 4 y los artículos 43 y 42 en concordancia con el artículo 65 ordinal 4 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, y lo CONDENA a cumplir una pena de TRECE (13) AÑOS Y SEIS (06) MESES DE PRISIÓN, en las condiciones que el Tribunal de Ejecución determine.