imparte la HOMOLOGACION al desistimiento de la acción formulada el día 22 de enero de 2.010 por la parte demandante, abogada Rosalinda Ocanto Escorche, actuando con el carácter de apoderada judicial de la parte actora, otorgándole su APROBACION y en consecuencia se procede como SENTENCIA PASADA EN AUTORIDAD DE COSA JUZGADA.
Se ordena remitir las actuaciones que conforman el presente expediente a su tribunal de origen, esto es, al Juzgado del Municipio Nirgua de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, a los fines legales consiguientes.
Se condena en costas a la parte apelante, de conformidad con lo establecido en el artículo 282