este Tribunal actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley CONFIRMA EL DECRETO DE INTIMACIÓN y de conformidad con lo dispuesto en el referido Artículo 651, se procede como en sentencia pasada en autoridad de cosa Juzgada.
Publíquese en la página Web de este tribunal, regístrese y déjese copia, conforme a lo establecido en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado de los Municipios Bolívar y Manuel Monge de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy. En Aroa, a los veinticinco (25) días del mes de enero de dos mil trece (2013). Años 202° de la Independencia y 153° de la Federación.-
El Juez Provisorio;
Abg. Emigdio Rafael Welman Moreno.
La Secretaria:
Carmen Aída Servet de Ramones.
En esta misma fecha y siendo las 1.....