DECLARA
PRIMERO: SE NIEGA LA MEDIDA DE PROHIBICIÓN DE ENAJENAR Y GRAVAR, sobre unas bienhechurías descritas Titulo Supletorio N° 722-12, evacuado el 24 de octubre de 2012, por el Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Felipe, Independencia y Cocorote del estado Yaracuy, pertenecientes a la ciudadana BELÉN CARREÑO RODRÍGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-24.544.417.
SEGUNDO: NO HAY CONDENATORIA EN COSTAS dada la naturaleza del fallo.