Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Extensión Territorial Puerto Ordaz, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO; CON LUGAR, el recurso ejercido por el abogado JOSE ANTONIO HERNANDEZ OSOSRIO, en su condición de apoderado judicial de los demandantes, los ciudadanos ELEAZAR LOPEZ, PABLO LOPEZ y CARLOS DOMIGUEZ, en contra de la decisión dictada en fecha 18 de noviembre de 2008, por el Juzgado Tercero (3º) de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Sede Ciudad Bolívar.
SEGUNDO: DESISTIDO, el recurso interpuesto por las abogadas MARIA CRISTINA ACHO y LUZ ADRIANA SANCHEZ, en su condición de apoderadas judiciales de la parte demandada, la sociedad mercantil PROMOTORA & CONSTRUCTORA HAKA S.A, en contra de la decisión dictada en fecha 18 de noviembre de 2008,.....