Se dictó sentencia declarándose CON LUGAR el RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE NULIDAD incoado por la sociedad mercantil C.E. MINERALES DE VENEZUELA, S.A. contra la INSPECTORÍA DEL TRABAJO "ALFREDO MANEIRO" DE PUERTO ORDAZ, ESTADO BOLÍVAR, en consecuencia NULO el auto de fecha veintiséis (26) de agosto de 2009, mediante el cual le ordenó el reinicio de las labores, el pago de las diferencias legales y contractuales dejadas de percibir por los trabajadores desde el 17 de enero de 2009 hasta el efectivo restablecimiento de las actividades laborales.