DECISIÓN
En mérito de las anteriores consideraciones, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, de conformidad con el artículo 517 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la presente solicitud, y en tal virtud, se acreditan como ÚNICOS UNIVERSALES HEREDEROS al adolescente (IDENTIDAD OMITIDAD DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 65 DE LA LOPNNA), de diecisiete (17) años de edad, quien nació en fecha 14 de agosto de 1998 y de la ciudadana MILAGROS DE JESUS YNFANTE PEREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro 22.313.639, como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del ciudadano MAGIN ENRIQUE YNFANTE, quien era venezolano, titular de la cédula de identidad N° 7.918.2.....