PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de divorcio, basada en el artículo 185-A del Código Civil Venezolano Vigente, interpuesta por los ciudadanos: EUCLIDES RAMÓN TREJO RODRÍGUEZ y MIRTHA JOSEFINA ESPINOZA DÍAZ, Venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros: V- 7.593.315 y V- 8.510.927, respectivamente.
SEGUNDO: SE DECRETA LA DISOLUCION DEL VÍNCULO MATRIMONIAL contraído por ellos por ante la Prefectura Civil del Municipio Autónomo de San Felipe del Estado Yaracuy, según Acta de Matrimonio bajo el N° 177, del año 1.989.
Publíquese en la página Web de este Juzgado, regístrese, déjese copia Certificada de la presente Sentencia.
Una vez declarada firme la presente decisión líbrense Oficios al Registro Civil del Municipio Autónomo San Felipe del Estado Yaracuy y al Registro Principal del Estado Yaracuy a los fines de que se estampe la respectiva nota marginal.