En consecuencia este Tribunal en funciones de Juicio N° 2, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: DECRETA: La Privación Judicial Preventiva de Libertad de los ciudadanos LEWIS RAFAEL QUIROGA CARMONA, JOSÉ RAFAEL OVIEDO PEÑA y LEONARDO ANTONIO YOVERA CASTRO, titulares de las cédulas de identidad N° 12.077.453, 16.481.747 y 14.608.886, respectivamente, y ordena expedir ORDEN DE APREHENSIÓN de los mencionados acusados, de conformidad con los artículos 250 y 251, numeral 4° del Código Orgánico Procesal Penal. Líbrese oficio a los organismos de seguridad del Estado Venezolano, a los fines de aprehender a los acusados y una vez realizada la misma sean conducidos ante este Tribunal dentro de las 48 horas siguientes. Cúmplase.
El Juez de Juicio N° 2
Abg. Wladimir Di Zacomo Capriles
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