este Tribunal DECIDE: PRIMERO: EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY; SE IMPARTE LA HOMOLOGACIÒN A LA TRANSACCIÒN ALCANZADA POR LAS PARTES y contenidas en la presente acta; Dándosele el carácter de COSA JUZGADA. SEGUNDO: Se ordena la devolución de los medios de prueba consignados en la oportunidad legal correspondiente, constante de: Un (01) folio útil sin anexos; los medios de prueba de la parte actora y de Dos (02) folios útiles con doscientos siete (207) anexos; los medios de prueba de la parte demandada, los cuales las partes reciben conforme en este acto. CUARTO: Se da por terminado el presente proceso y se ordena que se archive el expediente. PUBLIQUESE; REGISTRESE Y DEJESE COPIA DE LA PRESENTE DECISIÒN.
Se hacen dos (02) ejemplares de un mismo tenor y efecto. Dada, Firmada y Sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Es.....