administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Resuelve: De conformidad con lo establecido en el articulo 762 del Código de Procedimiento Civil, Decreta: Separados legalmente de cuerpos a los ciudadanos EDGARDO JOSE VILORIA y MARIA DE LOS ANGELES LOPEZ CASTILLO, cónyuges, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad No. V-14.719.019 y V-12.082.305 respectivamente, de este domicilio, asistidos por el abogado Ulneiver José González, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 186.277 y en consecuencia, se suspende la vida en común de los mismos de conformidad con lo establecido en los artículos 188 y siguientes del Código Civil Venezolano. Así se decide.
De conformidad con lo establecido en el artículo 351 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes el Tribunal acoge lo acordado por las partes en su escrito de solicitud de Separación de Cuerpos y bienes en relación a sus hijos, por lo que .....