este Tribunal Décimo (10º) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Extensión Territorial Puerto Ordaz, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela  y por Autoridad de la Ley declara: DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. Asimismo, se deja expresa constancia que el Tribunal que una vez vencido los lapsos de ley será devuelto a las partes material probatorio aportado por esta en la oportunidad de la audiencia preliminar. 
ABG. VICARLI MONTES HERRERA   
LA JUEZA 10º S.M.E. DEL TRABAJO,
                                             
LOS COMPARECIENTES
LA  SECRETARIA