Por los razonamientos antes expuestos y de conformidad con lo establecido en el articulado del Código de Procedimiento Civil Venezolano, éste Juzgado Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Sotillo y Uracoa de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, ADMINISTRANDO JUSTICIA en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por Autoridad de la Ley, acuerda la homologación solicitada por las partes y a su vez declara: EXTINGUIDA la solicitud de Separación de Cuerpos, de los ciudadanos JOSIAS JONAN BROOKER WELLS y OSMARY JOSÉ ROJAS SIMOSA titulares de las cédulas de identidad N° V- 11.212.127 y V- 20.566.659 respectivamente, en consecuencia de ello, se mantiene el vinculo matrimonial de fecha 11 Septiembre 2.014, ante el Registrador Civil de San Félix, parroquia Vista al Sol, municipio Caroní de la Circunscripción Judicial del estado Bolívar, y registrado bajo Acta N° 200 folio 149 y vto.-
PUBLÍQUESE, REGISTRESE, DIARÍCESE Y DEJESE COPIA DEBIDA.....