Vista la solicitud formulada al final del escrito que encabeza estas actuaciones y las declaraciones de los testigos jurados ciudadanos JUAN CARLOS ARTEGA SÁNCHEZ, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad Nº V-14.607.974 y RAULINZON LONNY BARRETO PARRA, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad Nº V-16.951.414; este Tribunal actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO de propiedad a favor de la ciudadana ZAYDDA MATILDE LAVITE ALVARADO, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad Nro. V-3.042.328 respectivamente, sobre las bienhechurías, cuyas medidas y demás determinaciones constan en la solicitud que encabezan las presentes actuaciones; sin perjuicio de terceros de iguales o mejores derechos, conforme a lo establecido.....