Por las razones antes expuestas, este Tribunal Superior del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad de la ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la Inhibición formulada por la Abogada PILAR VALVERDE, actuando en su condición de Jueza del Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, en el asunto UP11-V-2019-000014, relativo al procedimiento de OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN y RÉGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR (OFRECIMIENTO), seguido por el ciudadano VÍCTOR JAVIER UGUETO ALBARRAN, venezolano, mayor de edad y titular de la cedula de identidad Nº 18.911.776, contra la ciudadana GERALDINE LISETTE DURAN MARTÍNEZ, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V.- 18.052.910. SEGUNDO: En consecuencia, de.....