Decisión
El Juzgado Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, decide: ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se califica la aprehensión en flagrancia del imputado ELISEO ZAMBRANO MÁRQUEZ, venezolano, natural de Vigia, nacido en fecha 8-08-1969, de 38 años de edad, titular de la cédula de identidad N° 10238001, hijo de Jesús Manuel Zambrano y Cristiana Márquez de Zambrano, domicilio El Vigia, Barrrio San Isidro calle 10, casa 15-97, cerca del colegio Grupo escolar Tovar al lado Improcari, por cuanto están llenos los requisitos del artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Este Tribunal acoge la precalificación dada por la Fiscalía en cuanto al delito de RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previsto en el artículo 218 en su encabezamiento del Código Penal. . TERCERO: S.....