Por todos los razonamientos anteriores este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y de Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial Estado Bolívar, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: SIN LUGAR la apelación ejercida por el ciudadano HUGO CALDERON AVENDAÑO, asistido por la abogado AURIBEL GOMEZ contra el auto de fecha 09 de enero de 2014, en el juicio que por SIMULACION DE VENTA sigue el ciudadano VICTOR HUGO CALDERON AVENDAÑO contra VICTOR CALDERON JIMENEZ, JESSICA CALDERON JIMENEZ y WUENDEY JIMENEZ, en consecuencia queda confirmado el referido auto de fecha 09 de enero de 2014, todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos 12, 242 y 243 del Código de Procedimiento Civil.