Por las razones expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la Solicitud de Divorcio fundamentado en el artículo 185-A del Código Civil, presentada por los ciudadanos PEDRO JOSE TORREALBA MACHADO y MARISOL RODRIGUEZ LOPEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nº 14.618.244 y 10.859.397 respectivamente, residenciados en la Urb. Las Tunitas, calle principal, frente a Laboratorios COFASA en Nirgua estado Yaracuy y en el Barrio José Félix Rivas, Sector La Esperanza, casa S/N, a cuadro cuadras del Mercal del Barrio José Félix Rivas, en Chivacoa, Municipio Bruzual estado Yaracuy, debidamente asistidos por la abogada VIRGINIA MILAGROS ESCOBAR ROJAS, Inpreabogado Nro 129.26