A los fines de proveer sobre la presente solicitud el Tribunal, observa que en fecha Veintinueve (29) de Junio del año 2016, el Tribunal dicto un auto instando a la solicitante a consignar Cédula de Identidad de la ciudadana HERMINDA GOMEZ, a los fines de verificar datos, en un lapso perentorio de TRES (03) días de Despacho siguiente a este auto, y siendo que hasta la presente fecha no consta en autos que la prenombrada solicitante de autos haya dado cumplimiento a lo antes requerido y por todo lo antes expuesto este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Caroní del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: TERMINADO, la presente solicitud de DECLARACION DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, presentada por la Ciudadana MARISOL DEL VALLE RODRIGUEZ OLIVERO, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de las Cé.....