Se dictó decisión en la presente causa acogiendo la calificación correspondiente a los delitos de RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, ABUSO SEXUAL A ADOESCENTE SIN PENETRACIÓN, ROBO AGRAVADO e INSTIGACIÓN A DELINQUIR, acordándose medida de protección y Seguridad de las establecidas en los ordinales 6º y 13º del articulo 90 de la Ley Especial. Se acordó Medida Privativa Preventiva de Libertad de conformidad con lo establecido en los artículos 236, 237 numerales 2º y 3º y 238 numeral 2º del código Orgánico procesal Penal, en contra de los ciudadanos JESUS EDUARDO PEREZ ROBLES y EMILIO JOSÉ ZAPATA. Se acordó seguir la presente causa por el procedimiento especial.