se constató que la causa Terminó, concluyendo todas las etapas procesales; produciendo tal situación acumulación de expediente no movilizados que interfieren y dificulta el manejo de la archivalía del Tribunal, aunado a la falta de espacio físico en el archivo central de este Juzgado que puede comprometer la seguridad, existencia y cuido de cada expediente, por cuanto el inmueble donde funciona este Despacho jurisdiccional adolece de daños en la estructura física, como filtraciones, techo de machihembrado, lo cual no es apto para el resguardo de documentos.
En consecuencia, este Tribunal ordena:
PRIMERO: La desincorporación física del presente expediente del Archivo central en este Juzgado.
SEGUNDO: La remisión de la presente causa a la Oficina de Archivo Judicial.
TERCERO: Mantener control y registro a través del Archivo central del expediente y número de control de legajo con que ha de ser remitido al Archivo Judicial para asegurar a las partes el acceso a las actas procesa.....