DISPOSITIVA
Con fundamento en la motivación precedentemente expuesta, el Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Penal en función Control Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: De las actas se desprende que la detención se realizó dentro de uno de los supuestos del artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal, por lo que acuerda la FLAGRANCIA. SEGUNDO: Vista las actuaciones de la investigación presentadas por el Ministerio Público donde se encuentran los elementos de convicción y las pruebas relacionadas con las presente causa, es por lo que este Tribunal ACUERDA el procedimiento ABREVIADO, de conformidad con el artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal. TERCERO: Por cuanto se evidencia que se ha cometido un hecho punible que merece pena privativa de libertad precalificado por el fiscal como los delitos de HURTO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 453 n.....