Se declara CON LUGAR la Apelación interpuesta por la representación judicial de la parte demandada recurrente, en contra del auto dictado en fecha 28 de julio de 2007, por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Extensión Puerto Ordaz