Por cuanto para el día de hoy, Veinticinco (25) de Septiembre de 2008, a las DIEZ DE LA MAÑANA (10:00 AM), estaba fijada la celebración de la Audiencia Preliminar Reprogramada y por cuanto el Juez a cargo de éste despacho no podrá presidir el acto, debido a asuntos ineludibles del mismo. A tal efecto, quien Juzga considera necesario REPROGRAMAR la celebración de dicha AUDIENCIA PRELIMINAR Reprogramada, en consecuencia la fija para el día VIERNES DIEZ (10) DE OCTUBRE DE 2008, a las ONCE DE LA MAÑANA (11:00 AM). Sin Notificación de las partes por cuanto se encuentran a derecho, de conformidad con lo establecido en el artículo 7 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.