Tribunal  de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Sucre, Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara:  RENI ROSALIO LEDEZMA PRIETO y ZULEINNY ORDAZ MARTINEZ, titulares de las cédulas de identidad Nº V-  19.382.932 y 21.578.846, respectivamente. En consecuencia, se declara DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL contraído  en fecha 02-10-2010 por  ante el Registro Civil de la población de Maripa, Municipio Sucre del estado Bolívar,   cuya acta de matrimonio Nº 41 de fecha 02-10-2010, inserta en el libro de Registro Civil de Matrimonio del año 2010 llevado por ese registro Civil. 
 Definitivamente firme como haya quedado el presente fallo, remítanse los oficios correspondientes a las autoridades competentes, para que sean estampadas las respectivas notas marginales.-